¿Eres empleada del hogar y has finalizado tu contrato con tu empleador? ¿Has recibido tu finiquito para empleadas del hogar correspondiente? Es importante saber que las trabajadoras del hogar en España tienen derecho a finiquito. Sin embargo, no es igual en todos los casos, pues depende del momento en que se formalizó el contrato.
En todos los casos, según la normativa, habrá los siguientes tipos de finiquito. También recuerde que para reclamarlo, existe un plazo de 20 días. Este plazo se extiende a un año cuando se trata de cantidades pendientes como salario, horas extras o vacaciones.
Se comunicará mediante notificación escrita, por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Si el despido se declara improcedente por la jurisdicción competente, las indemnizaciones, que se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalentes al salario correspondiente a 20 días naturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades.
En el caso en que la prestación de servicio hubiera sido superior a un año, el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días. Mientras que en los demás casos el plazo es de siete días. Simultáneamente, deberá poner a disposición del trabajador una indemnización en metálico. Dicha indemnización debe ser equivalente a 12 días naturales por año de servicio, con el límite de seis mensualidades. La indemnización de 12 días sólo podrá ser para los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2012.
El período de prueba puede durar hasta dos meses, como máximo, durante el cual se puede producir el despido por cualquiera de las dos partes (empleada o empleador), sin la obligación de asumir ningún tipo de compensación económica.
En este caso, consiste en los días de antelación durante los cuales se deberá comunicar el despido. Se pacta entre las partes, con un máximo de siete días. Esto deberá constar por escrito en el contrato de trabajo. Este criterio aplica tanto para empleadas contratadas por horas, internas, fijas, o indeterminadas. Hay que recordar que uno de los derechos establecidos en la Ley, es que podrán disponer de una hora diaria para buscar otro empleo, a partir del despido por parte del empleador durante los días de preaviso. El empleador podrá sustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salarios de dicho período.
Si la relación laboral ha sido superior a un año, la extinción del contrato deberá ser comunicada con 20 días de antelación.
Si la relación laboral ha sido inferior a un año, la extinción del contrato deberá ser comunicada con 7 días de antelación.
El finiquito para empleadas del hogar deberá ser formalizado mediante un documento firmado por ambas partes. El finiquito es un documento que la empleada del hogar firma reconociendo que ya ha recibido todas las cantidades económicas que debía recibir por su despido. De esta manera ambas partes confirman que la relación laboral ha finalizado y que no existen obligaciones económicas pendientes de ningún tipo.
Tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte
[mailerlite_form form_id=3]
El nuevo Reglamento de Extranjería, cuya aprobación se esperaba esta semana, ha sido pospuesto debido…
Es preocupante cuando, al intentar apoyar a personas vulnerables, se recurre a estereotipos que las…
Los ciudadanos chilenos y peruanos pueden solicitar una residencia para empleo por cuenta ajena en…
El IV Congreso de Extranjería e Inmigración (CEI24) presentó una ponencia titulada "El uso de…
30 ¿Qué es el ETIAS? El ETIAS es un sistema automatizado creado por la…
Esta web usa cookies.