In Información legal, Schengen

Desde la entrada del vigor del Convenio de Aplicación del Espacio Schengen, hace posible que las personas puedan circular por sus fronteras interiores, sin ningún tipo de control. España forma parte de este acuerdo, así como otros 26 países, aunque es importante conocer que hay ciertos requisitos.

Las personas que hayan ingresado al Espacio Schengen, de forma regular, es decir, con un permiso de entrada expedido por alguno de los países miembros, podrán hacerlo por un periodo máximo de 90 días durante un período de 180.

Requisitos para la circulación de ciudadanos comunitarios dentro del Espacio Schengen

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor, o pasaporte.

Requisitos para la circulación de ciudadanos extracomunitarios dentro del Espacio Schengen

  • Para los residentes en un Estado miembro, deberán ir provistos de documento de viaje en vigor y autorización de residencia. Podrán circular durante un máximo de 90 días dentro de cualquier periodo de 180 días. Y, declaración de entrada, en su caso.
  • Para los no residentes en los Estados, además del documento de viaje en vigor, el visado cuando éste sea exigido. El documento de viaje deberá tener una validez mínima de tres meses posteriores a la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Y, deberá haber sido expedido dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada.

Respecto a la declaración de entrada, se podrá realizar al momento de hacer el ingreso, así como también en el plazo de tres meses. Si se realiza en territorio español, corresponde hacerla en cualquier Comisaría de Policía o en las Oficinas de Extranjeros. Siempre en caso de que no se haya efectuado al momento de haber entrado al país.

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