Las obligaciones fiscales de las empleadas del hogar son las mismas que cualquier otro trabajador. Por lo tanto, la declaración de la renta de empleadas de hogar también es obligatoria. Que las empleadas de hogar no tengan retenciones por parte del empleador no significa que no deban realizar dicha declaración.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1620/2011, toda aquella persona que preste trabajos en un domicilio particular; tienen la obligación de estar dadas de alta en el sistema de la seguridad social. Sin embargo no implica que estén exentas del pago del IRPF.
El trabajo doméstico tiene criterios diferentes en el régimen de la Seguridad Social, para saber si tiene o no que hacer la declaración estos son los criterios generales:
Están obligados a declarar (sea confirmando un borrador o presentando una declaración) todos los contribuyentes personas físicas residentes en España. Se exceptuan los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:
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