In Apostilla de La Haya y Legalización de documentos, Información legal

A través de diferentes convenios especiales firmados por España es posible que algunos documentos de extranjería no requieran la legalización.

El acuerdo más relevante que ha firmado España es el Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961. Comúnmente es conocido como Convenio de la Apostilla de La Haya.

Este acuerdo simplifica los trámites para el Estado emisor y para el receptor de los documentos. El convenio prescribe que entre Estados miembros no será necesaria la legalización para el reconocimiento mutuo de documentos, aunque sí un sello o apostilla. Sin embargo, existen otros que eximen de la necesidad de legalizar documentos.

Convenios especiales

  • Convenio de Atenas nº 17 de la Comisión Internacional del Estado Civil para para documentos que se refieran al Estado Civil, a la capacidad o a la situación familiar de las personas físicas, a su nacionalidad, domicilio o residencia, cualquiera que sea el uso al que estén destinados. Cualquier otro documento que haya sido extendido para la celebración del matrimonio o para la formalización de un acto de estado civil. Los países firmantes de este convenio son: Austria, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal y Turquía.
  • Convenio de Viena nº 16 de la Comisión Internacional del Estado Civil, para certificaciones plurilingües de actas de nacimiento, matrimonio o defunción, provenientes de: Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Croacia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Moldavia, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Serbia, Suiza y Turquía.
  • Convenio de Londres nº 63 del CE para documentos expedidos por los Agentes diplomáticos o consulares. También las declaraciones oficiales, tales como menciones de registro, visados de fecha abierta y certificaciones de firma en cualquier documento. Los países firmantes de este Convenio son: Alemania, Austria, Chipre, España, Estonia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Moldavia, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia, Suiza y Turquía.
  • Canje de notas entre España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. El canje exime de legalización por vía diplomática a las Certificaciones de Registro Civil provenientes de Rusia.

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