¿Es posible completar el expediente de nacionalidad con los exámenes? ¿Qué sucede si presento mi solicitud de nacionalidad sin los exámenes? Aquí en este artículo te brindamos nuestra opinión.
Como ya sabemos, una de las novedades que introdujo el nuevo proceso de nacionalidad española consiste en la realización de dos exámenes: CCSE y DELE. Dichos exámenes sirven para acreditar el cumplimiento del requisito de tener un “suficiente grado de integración en la sociedad española”.
Como hemos explicado, si estamos interesados en solicitar la nacionalidad española, tendremos que hacerlo paso a paso. Es importante respetar el proceso previo que deberemos seguir para evitar cualquier error.
Es decir, en primer lugar, debemos cumplir los plazos de residencia legal exigidos, y luego hacemos los exámenes de nacionalidad española. Una vez aprobados, comenzamos a preparar nuestra documentación para la presentación de nuestra solicitud. (Esta sería la forma adecuada de hacerlo).
¿Puedo completar el expediente de nacionalidad con los exámenes?
Pero, ¿qué ocurre si ya tenemos todos los documentos preparados y aún no hemos realizado las pruebas de nacionalidad española? ¿Podría presentar mi solicitud de nacionalidad española sin los exámenes, y luego, una vez presentado, completar el expediente de nacionalidad aportando las calificaciones?
Si queremos realizar el proceso de forma correcta, la respuesta es no. Los requisitos debemos cumplirlos de forma previa a la presentación de nuestra solicitud. Además, corremos el riesgo de que comiencen con la tramitación del expediente antes de que nos de tiempo a completarlo.
Presentación de la solicitud
¿Cómo lo hacemos? La vía normal y más recomendable es la vía telemática. La sede electrónica del Ministerio de Justicia establece un registro propio, a través del cual podremos adjuntar nueva documentación a cualquier procedimiento que se esté tramitando en dicho Ministerio (necesitamos certificado digital).
Pero también contamos con otras opciones, como la de aportar la documentación a través de el Registro público de Delegación/Subdelegación de Gobierno o incluso por correo postal certificado.
Enlaces de interés:
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