La residencia de larga duración de Unión Europea, es una autorización que permite residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles. Además, otorga la posibilidad de obtener una autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados de la Unión.
Se suele confundir muchas veces, con la residencia de larga duración normal. Aunque son residencias muy similares, ambas tienen diferencia. Por ejemplo, para la residencia de larga duración UE, es necesario demostrar medios económicos, mientras que para la residencia de larga duración normal, no necesitas presentar medios económicos o estar trabajando.
Otra diferencia importante, es que con la residencia de larga duración UE, podrás residir y tendrás más fácil trabajar en cualquier país de la Unión Europea y no solo en territorio español.
Como punto en común, ambas residencia se pueden solicitar tras 5 años de residencia legal y continuada en España y las dos te permiten trabajar tanto por cuenta ajena como propia en todo el territorio español.
Conociendo ya las diferencias, vamos a hablar de los requisitos y procedimiento.
Si se encuentran en territorio español, el extranjero podrá presentar la solicitud personalmente o a través de representación. Mientras que si no se encuentran en territorio español, el extranjero deberá presentar la solicitud personalmente.
Se puede presentar dentro del territorio español en cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida.
Si no se encuentran en territorio español: en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia.
Se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud. Deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles, es:
Modelo 790 código 052 epígrafe 2.6 “autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE a abonar por el extranjero
Una vez hecha la solicitud, la administración tiene 3 meses contados a partir del día siguiente a la entrada en el registro ara resolver el expediente.
Si transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido aprobada por silencio administrativo positivo.
Una vez aprobada la concesión de residencia de larga duración, el extranjero deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en el plazo de un mes.
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella:
Además, los titulares de una autorización de residencia de larga duración UE deberán renovar la tarjeta cada cinco años. La solicitud se deberá presentar durante los sesenta días naturales anteriores a la fecha de expiración. Si se presenta en fecha posterior, se podría incoar el correspondiente procedimiento sancionador.
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