Los poseedores de carné de conducir expedido por Misiones Diplomáticas y también por Oficinas Consulares podrán solicitar el canje de permisos de conducción de diplomáticos. A través de este trámite, podrán convalidar su permiso para conducir en España.
Por lo tanto, los miembros de las Misiones Diplomáticas, de las Oficinas Consulares y también de las organizaciones internacionales con sede u oficina en España, de países no comunitarios acreditados en España, así como sus ascendientes, descendientes y cónyuge, siempre que sean titulares de un permiso equivalente, podrán obtener cualquiera de los permisos de conducción previstos en el Reglamento General de Conductores. Además, no deberán abonar tasa ni realizar las correspondientes pruebas de aptitud teóricas y prácticas, a condición de reciprocidad.
La solicitud se dirigirá al Ministerio de Asuntos Exteriores que, previa comprobación de que concurren los requisitos exigidos, la remitirá, en unión de la documentación requerida, en el plazo de un mes a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid para finalmente efectuar su tramitación.
Las tasas que corresponden a la realización de este trámite equivalen a 0 Euros.
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