El cambio de nombre de transexuales ya es un hecho. Las personas transexuales podrán solicitar el cambio de nombre por no sentirse del sexo correspondiente al de la inscripción de nacimiento ante el Registro Civil. Podrá llevarse a cabo a través de una declaración ante el encargado del Registro Civil. Otra opción será a través de un documento público. En el mismo se deberá acreditar que se identifican con el sexo atribuido al nombre solicitado.
La instrucción ha sido publicada en el BOE y dada por la Dirección General de los Registros y del Notariado. La misma establece las “directrices para orientar la actuación de los encargados del Registro Civil”, ante las solicitudes de cambio de nombre para la “imposición de uno correspondiente al sexo diferente al que resulta de la inscripción de nacimiento”.
Destacan los siguientes dos supuestos para solicitar el cambio de nombre:
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