El arraigo es un tipo de autorización de residencia temporal en España por circunstancias excepcionales que tiene una vigencia de un año. Este permiso se da a aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y tengan en vínculos familiares, laborales o que, por su parte, se encuentren integrados socialmente. Por tanto, el arraigo podrá ser de tipo familiar, laboral o social.
No, para el arraigo social necesitarás llevar tres años en territorio español.
Existen 3 tipos de arraigo, el social, laboral y familiar. Para aplicar al arraigo social el requisito principal es poder contar con al menos 3 años residiendo en España y el mismo se encuentra regulado en el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería.
Para el arraigo laboral, no es tan sencillo, aparte de tener relaciones laborales mínimo de seis meses, una sentencia o resolución judicial que demuestre que hemos estado trabajando en situación irregular debemos contar con mínimo dos años de estancia en territorio español para poder solicitarlo.
En el caso del arraigo familiar, da igual el tiempo que lleves en España, siempre podrás solicitarlo si eres hijo/a o nieto/a de un español/a de origen, así como si tienes un hijo/a menor de edad español.
Como comentábamos, el primer requisito es tener 3 años en España, pero este no es el único, también debes demostrar:
Para poder obtener este arraigo, solo debes permanecer 2 años continuos dentro del territorio español, esto como requisito principal, sin embargo, existen otros requisitos adicionales, los cuales son:
Es importante recalcar, que este es uno de los arraigos menos utilizados, puesto que la comprobación de trabajo es todo un problema para el extranjero. Esta situación es realmente preocupante para el empleado, puesto que temen a realizar la denuncia correspondiente, sin embargo, esta es la única opción que tiene en caso de que el empleador se niegue a demostrar el tiempo de trabajo del empleado.
Por último, pero no menos importante, tenemos el arraigo familiar, el cual puede ser solicitado si eres madre o padre de un hijo menor residenciado en España, así como si eres hijo/a o nieto/a de un español de origen. Esta es la principal condición de este arraigo, sin embargo, debes tomar en cuenta las demás que son:
Como podemos ver, hay diferentes opciones para solicitar Arraigo en territorio español antes de los 3 años, solo debes tener paciencia y cumplir con los requisitos. En caso de ser necesario poder contratar un servicio de defensa contra el empleador que no quiera reconocer tu tiempo de trabajo.
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Llevo un ano 7 meses en espana puedo solicitarlo y tengo un contracto de trabajo
Estimado Ngoye mbengue: Muchas gracias por escribirnos, le informamos que no podrá solicitar la residencia por arraigo social hasta que cumpla los 3 años en España. Para indicarle los requisitos le recomendamos que agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web https://www.tolentinoabogados.com/citas Saludos cordiales
Buenas noches. Estoy de manera irregular en España hace un año, pero existe la posibilidad de un contrato. Es posible solicitar permiso de residencia y trabajo aunque no lleve dos años en España? Están dispuestos a acontratarme.
Estimado Carlos,
No es posible, una vía es el arraigo por formación, pero para ello debe haber permanecido mínimo de dos años en España. Sin embargo, necesitamos conocer su caso en concreto para saber realmente con cuáles vías cuenta. Para ello le recomendamos dejar su consulta en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ donde nuestros expertos le responderán en breve de forma gratuita; o puedo agendar cita con nuestros expertos a través de: https://www.tolentinoabogados.com/citas
Esperamos su contacto.
Un saludo.
Buenas quisiera saber como es el tema del arraigo laboral ya son 2 años q llevo aqui en España debo demostrar 6 meses de trabajo nada mas y como lo demuestro?
Estimada Rocío, si debe demostrar al menos 6 meses habiendo cotizado en Seguridad Social.
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Un saludo