Existen diferentes tipos de arraigo y en este artículo queremos hablar sobre el arraigo social. En términos generales, el arraigo es una autorización de residencia temporal a extranjeros que se encuentren en España y se basa en circunstancias excepcionales. Este se concede a ciudadanos extranjeros que tengan permanencia continuada en España de 3 años y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.
El arraigo social se puede solicitar en uno de estos dos casos
8. En el sector agrario, se podrán presentar dos o más contratos con distintos empleadores y concatenados cada uno de ellos.
Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. El empleador debe encontrarse inscrito en la Seguridad Social. Así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La empresa también deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato.
Documentación acreditativa de medios de vida
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud de Arraigo Social.
Contrato de trabajo con las características exigidas, firmado por el empleador y trabajador. También deben acompañarse los documentos mencionados anteriormente (copia del NIF, copia de la capacitación..)
En caso de no presentarse el contrato, podrán acreditarse los medios de vida si el informe municipal sobre la integración social del extranjero así lo indica y recomienda eximir al solicitante de dicho requisito. En este caso, es necesario aportar:
Documentación que acredite tener medios de vida suficientes para su manutención.
En los casos que se pretenda realizar una actividad por cuenta propia, se deberán presentar los siguientes documentos:
En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo del Real Decreto Ley 19/2012Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva., que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 750 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos el artículo 69 de la Ley 39/2015Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente. En el resto de las actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando, la situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.
La solicitud se puede presentar personalmente o por representación legal, en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijado el domicilio.
La tasa se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles.
Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”. Deberá ser abonada por el extranjero.
El plazo de resolución empieza 3 meses contados a partir de la entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
La concesión de la autorización de residencia, lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España durante la vigencia de aquélla, si los medios de vida acreditados derivan de una actividad por cuenta ajena o propia.
En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:
La autorización concedida tendrá una vigencia de un año. A su término se podrá solicitar autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.
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