Este artículo trata sobre un caso real tramitado por Tolentino Abogados, sobre la solicitud de una residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social). Mediante un recurso de reposición.
Hechos del caso:
Con fecha de 11 de octubre de 2018 se notifica Resolución de la Delegación de Gobierno de Madrid por la que se deniega la solicitud de Autorización de Residencia por circunstancias excepcionales. Los motivos que se alega en su momento fueron “que no se recomienda que se exima a la extranjera de la necesidad de contar con un empleo…”.
Importante destacar que se aportó informe favorable de la asistente social de la Comunidad de Madrid.
Se interpone recurso de reposición, que se resuelve favorablemente.
Estrategias tomadas:
Nuestro despacho después de evaluar el caso tomó como estrategia principal:
- Presentación de recurso de reposición frente a la Administración que ha denegado la citada autorización por no quedar acreditada la exención del contrato de trabajo y al no reunir los requisitos establecidos en la norma que regula el procedimiento, considerando que no se ha cumplido lo establecido en los artículos 124 y 128 el RD 557/2011, de 20 de abril.
- Presentación de documentación requerida para formalizar su su solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales, por razones de arraigo social, esto es, amparada en el Título V del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Fallo:
Se concede la Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales inicial.
Si te encuentras en esta situación asesórate con nuestros expertos.
Publicado en : Global Economist & Jurist