Residencia por Arraigo

Nuestros abogados expertos en extranjería e inmigración podrán ayudarte

Descripción del servicio

Descripción

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en situación irregular en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente. Nuestros abogados expertos de extranjería e inmigración de Tolentino Abogados, podrán ayudarte a gestionar tu trámite y obtener tu residencia.

  1. ¿Qué es la residencia por arraigo?
  2. ¿Quién puede pedir arraigo en España?
  3. ¿Qué tipo de residencia se obtiene y porque tiempo?
  4. ¿Cuales son los documentos que se requieren?
  5. ¿Qué tiempo debo llevar irregular en España?
  6. ¿Puedo obtener la residencia si tengo un hijo español?
  7. ¿Qué edad puede tener mi hijo, para optar por la residencia de arraigo?

Estas y otras preguntas, podrán responderlas nuestros abogados expertos. ¡Contactanos!

Pasos a seguir

Pasos a seguir:

Existen tres tipos de ARRAIGO, requisitos generales para cada uno de ellos:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
    Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.

ARRAIGO SOCIAL:

  • La residencia por arraigo social puede ser solicitados por aquellas personas que acrediten una estancia continuada en España de un mínimo de tres años y que al momento de solicitarla cuentan con un contrato de trabajo
  • Para demostrar la permanencia continuada en España durante ese período exigido puede tanto estar empadronado, como también poseer un contrato laboral de duración no inferior al año o bien cuente con un algún familiar residente en España, como cónyuges, ascendientes y descendientes en línea directa.
  • Los vínculos familiares pueden reemplazarse por un informe del Ayuntamiento donde reside que informe su inserción social (contara con fecha de permanencia en España, cuales son los medios de vida, cuánto sabe del idioma oficial de la Comunidad donde vive, si participa en programas educativos y como se ha insertado en la sociedad).

ARRAIGO FAMILIAR:

  • Esta opción es para los padres de un niño español que quieran optar por la autorización de residencia por arraigo familiar.
  • Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

ARRAIGO LABORAL:

  • Aquellos que deseen solicitar la Residencia por arraigo laboral deberán acreditar la permanencia en España durante un período de dos años.
  • Y también demostrar la existencia de una relación laboral con una duración que no sea inferior a un año. (En muchos caso frente a la inexistencia de un contrato laboral, para acreditar esta condición debe realizarse mediante una resolución judicial o mediante una resolución administrativa de confirmación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Generalmente se presenta el problemas de pruebas).

¡Si tienes dudas entre cada opción, contacta con nuestros expertos!

Condiciones

Qué incluye:

Nuestros abogados expertos en Tolentino Abogados de Extranjería e Inmigración, te ayudarán a tramitar su permiso y te ofrecen un servicio de calidad completo que se adapte a tus exigencias.

Nuestro especialistas, pueden facilitarle la tramitación de su permiso de residencia en España. Nuestras citas se gestionan de manera muy ágil, ya que trabajamos con abogados colegiados, y tenemos citas concertadas cada semana, el tiempo de resolución sin largas esperas.

Contacta con tiempo su cita, para evitar retraso de su solicitud. ¡Hable con nuestros expertos!

Recuerde que nuestros abogados de Tolentino Abogados de Extranjería ofrecen:

  • Asesoramiento sobre el trámite a realizar.
  • Solicitud de la documentación requerida a presentar.
  • Preparación de los formularios a rellenar
  • Presentación de la solicitud.
  • Seguimiento del expediente
  • Citas concertadas por medio al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
  • Concertación de cita para trámite de huellas
  • Asesoría completa del trámite durante la tramitación del permiso de residencia, hasta su resolución

Qué no está incluido:

No está incluida la asistencia en los diferentes Consulados españoles. Únicamente atendemos de manera personal en nuestra oficina de Madrid, España, o en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.

Para el resto de casos, podemos brindar asesoramiento profesional de manera online.

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Consulta web gratuita

Un abogado especializado y experto en extranjería e inmigración, le informará sobre cómo solucionar su problema. Para asesoramiento más amplio, podemos atenderle por Skype o en nuestro despacho en Madrid. Solicite cita previa llamando al +34 918 272 222.

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