In Información legal, Schengen

Viajar a otro estado miembro de la UE

Si eres ciudadano de algún estado de la UE pero tienes familiares que no lo son, pueden acompañarte o reunirse contigo en otro país de la UE. Sin embargo, es necesario que lleven siempre consigo su pasaporte, válido y en vigor y, dependiendo de su nacionalidad, pueden incluso tener que presentar en la frontera además, un visado de entrada.

¿Para quienes es aplicable?

Es aplicable a cónyuge, padres, abuelos, hijos o nietos no nacionales de la UE. No necesitan visado en los siguientes supuestos:

  • Si el país al que viajan pertenece al Espacio Schengen. Y, poseen un permiso de residencia o un visado de otro país del espacio Schengen
  • Si viajan contigo o para reunirse contigo. Y, además poseen un permiso de residencia expedido por cualquier país de la UE (excepto el de tu nacionalidad).
  • En el permiso de residencia debe constar claramente que el titular es familiar de un nacional de la UE.
  • Tu pareja registrada y familiares en sentido amplio pueden solicitar que se los reconozca como familiares de un nacional de la UE. Aunque no están obligados a ello, como mínimo si tienen que tramitar tu solicitud.
  • Pregunta con antelación en el consulado del país al que vayas a viajar qué documentos tendrán que presentar en la frontera tus familiares no nacionales de la UE.
  • Por otro lado, si tus familiares extracomunitarios necesitan visado de entrada, deben solicitarlo previamente en el Consulado del país al que viajarán. Dependiendo del país, se les exigirá una documentación u otra. La solicitud debe tramitarse rápida y gratuitamente.
  • Si el país de destino es miembro del Espacio Schengen, deberá expedir el visado en el plazo de 15 días.
  • Los visados expedidos por una país del espacio Schengen son válidos en todos los países del espacio Schengen.
  • Si tus familiares no tramitaron el visado, las autoridades fronterizas deben permitirles que demuestren por cualquier otro medio que son familiares de un ciudadano de la UE. Si consiguen demostrarlo, las autoridades tendrán que facilitarles un visado de entrada en la misma frontera. Aunque es posible que en algún país de la UE no se aplique correctamente la normativa europea y que nieguen la entrada a tus familiares.

Denegación de entrada

En algunas ocasiones, se puede denegar la entrada, tanto a ti como a tus familiares. Generalmente se realiza por razones de “orden público, seguridad pública o salud pública”. En este caso, las autoridades deben demostrar que tú o tus familiares presentáis una “amenaza real, actual y suficientemente grave”. Tienes derecho a que esa decisión se te comunique por escrito. La misma debe especificar todos los motivos que la justifican y explicar cómo puedes recurrirla en plazo.

Si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

[mailerlite_form form_id=3]

Start typing and press Enter to search

error: