In Detención en el Aeropuerto, Información legal

En este artículo explicaremos cuáles son los deberes del detenido y como es el procedimiento en estos casos.

Deberes del detenido:

  • Colaborar con el abogado/a facilitándole toda la información necesaria para la defensa.
  • Solicitar al abogado/a copia de las alegaciones.
  • Una vez haya propuesta motivada de resolución de la expulsión.
  • La policía tiene que notificar la propuesta de expulsión al interesado.
 Se abre un trámite de audiencia para que el extranjero pueda formular 
alegaciones. Y, además presentar documentos en el plazo de 48 horas.
  • Una vez la Subdelegación de Gobierno firma el decreto de expulsión:
  • La policía tiene que notificar de forma inmediata la resolución del expediente al extranjero/a.
  • El plazo máximo en que debe notificarse la resolución es de 6 meses desde la iniciación  (art. 121 REx).
  • La resolución debe ser motivada, debe resolver todas las cuestiones planteadas en el expediente, no podrá aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, debe contener los recursos que procedan ante ella, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos (art.132.1 y 3 REx).
  • La policía tiene que comunicar esta resolución a la embajada o consulado del 
país del extranjero/a (art. 133 Rex).
  • La policía procederá a anotar esta resolución en el Registro General de Extranjeros de la Dirección General de la Policía (art. 133)

¿Qué efectos tiene la resolución del expediente?

  • El extranjero puede ser expulsado inmediatamente.
  • La ejecución de la orden de expulsión se suspende si el extranjero/a formula petición de asilo, hasta que ésta se haya inadmitido a trámite o se resuelva, y también en los casos de mujeres embarazadas cuando suponga un riesgo para la gestación o para la vida o la integridad física de la madre (art. 141.9 REx).
  • Si el extranjero/a no dispone de medios económicos la ejecución de la expulsión corre a cargo de los presupuestos del Ministerio del Interior.
  • Se extingue cualquier autorización para permanecer en España y se archiva cualquier procedimiento que tenga por objeto la autorización para residir o trabajar en España.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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